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4 consejos antes de arrendar tu propiedad

  |   Óscar Guerrero / Legalópolis   |   Marzo 30, 2024

Si eres propietario de una vivienda o estás evaluando comprar una vivienda para ponerla en alquiler en el mercado inmobiliario y de esta forma poder generar rentabilidad, entonces es importante estar debidamente asesorado por un especialista para que tu plan de negocio no se convierta en una pesadilla al no poder prevenir ciertos riesgos. 

Son muchos los aspectos que todo propietario debe considerar al momento de dar en alquiler su vivienda: el tema legal, el tema financiero, el precio de renta, la ubicación del bien, la estrategia de marketing, la intermediación inmobiliaria, entre otros. En el presente artículo te compartiré 4 consejos clave que te ayudarán a arrendar tu vivienda de forma segura.

1- Investigar el historial financiero del arrendatario: si ya tienes a un posible arrendatario para tu inmueble, es muy importante que primero investigues su historial crediticio con la única finalidad de poder conocer si es una persona morosa o no. Para ello, deberás solicitar un reporte crediticio en las centrales de riesgo como Infocorp y en base al resultado del informe conocer si el posible arrendatario es un buen candidato o no. Asimismo, poder pedir referencias sobre el posible arrendatario también nos llevara a conocer un poco el perfil de la persona a la cual le daremos en alquiler nuestra propiedad. 

2- Investigar el historial judicial del arrendatario: este paso también es de muchísima importancia, toda vez que te permitirá conocer si el posible arrendatario se ha visto envuelto en procesos judiciales por desalojo por ocupación precaria, o en demandas de obligación de dar suma de dinero por deudas impagas. Por ejemplo, Juan solicita alquilar tu propiedad, pero cuando investigas sus antecedes judiciales te das con la sorpresa que Juan ha tenido un proceso judicial de desalojo, donde el propietario del bien tuvo que demandarlo judicialmente para que desaloje su propiedad, ya sea por que nunca pagaba regularmente la renta o porque a pesar de haber vencido el contrato de arrendamiento, este se rehusaba a desocupar el bien. Situaciones como esta son más comunes de lo que pensamos y son justamente las razones de las frustraciones y dolores de cabeza por parte de los propietarios que dan en alquiler su propiedad. 

3- Redactar un buen contrato de arrendamiento: la redacción de un buen contrato de arrendamiento es crucial en estos tipos de operaciones contractuales, marcará un antes y un después dentro del marco jurídico contractual. Lo primero es poder contactar a un abogado especialista en propiedades que pueda asesorarte de forma correcta, escuchando atentamente tus necesidades y, a partir de allí, empezar con la redacción de un contrato que debe cumplir y cubrir como mínimo con los siguientes presupuestos: modalidad y formas de pago, obligaciones y prohibiciones del arrendatario, formas de resolución contractual o clausula resolutoria expresa, penalidades, solución de controversias, competencia, y cláusula que incorpore cualquiera de los tipos de desalojo que se encuentran vigentes en el Perú, siempre de acuerdo a cada caso en concreto. Luego de elaborar el contrato, es importante que como mínimo se cumpla con legalizar las firmas de todos los intervinientes ante notario público. 

4- Inventario y actas de entrega del bien: por último, y no menos importante, para el caso de alquiler de inmueble amoblado, debes realizar cuidadosamente un inventario de todos los bienes que serán parte del alquiler, por ejemplo, sofás, cama, mesa, sillas, etc., así como su valor comercial a la fecha. Asimismo, algo que a veces muchos propietarios pasan por alto, es realizar un acta de entrega del inmueble, especificando no solo el inventario de bienes (de ser el caso), sino también el estado de conservación y demás condiciones materiales de la propiedad, por ejemplo, puertas, ventanas, paredes, pinturas, etc. El acta debe estar firmada por ambas partes: arrendador y arrendatario, y servirá de prueba para que en casos de deterioro, pérdida u otros, se puedan activar las cláusulas de penalidades que se hayan podido consignar en el contrato. Esta acta servirá también para cuando, al término del contrato, se levante otra acta de entrega, donde el propietario arrendador pueda corroborar que está recibiendo el bien a su entera satisfacción. 

Este consejo es útil tanto para el propietario arrendador, como también para el arrendatario, ya que el acta será su prueba de que el bien se entregó conforme a lo estipulado en el contrato y en el acta.  

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